Tercer Grado

 

¿Necesita ayuda para conseguir el tercer grado?

Atenea Abogados es su solución

El tercer grado o régimen abierto es, a salvo de la libertad condicional, el régimen más benigno de aquellos en los que puede estar clasificado un interno penitenciario.

Tanto es así que se le conoce como la semilibertad y se caracteriza por la ausencia de controles rígidos, en tanto que lo esencial es la confianza en el preso, apelando a su sentido de la responsabilidad.

A fin de de beneficiar la integración del preso, en virtud del tercer grado estos pueden pasar la mayor parte del día fuera del establecimiento penitenciario, debiendo permanecer en este un mínimo de ocho horas. El resto del tiempo, lo pasará fuera para desarrollar actividades laborales o formativas, familiares, de tratamiento o de otro tipo. El límite mínimo de ocho horas podrá eliminarse si el interno acepta portar un mecanismo de control, como la pulsera telématica.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL TERCER GRADO

Se atenderá en primer término a las variables generales, como son las circunstancias personales del preso: socio-familiares, laborales, penales, antecedentes, delito por el que fue condenado, duración de la pena, tipo de estudios, etc.

A continuación, se considerarán las variables específicas del interno, esto es, que se trate de un preso que por sus circunstancias personales y penitenciarias, está capacitado para llevar a cabo un régimen de vida fuera de la prisión.

Por último, se requiere que el interno haya satisfecho la responsabilidad civil ex delicto impuesta en la sentencia condenatoria, salvo que se declare la insolvencia del penado, en cuyo caso se exime del cumplimiento de este requisito siempre que el preso se comprometa al pago si mejora de fortuna.

Para el caso de penas superiores a los cinco años, puede exigirse que se deba cumplir la mitad de la pena para poder acceder al tercer grado. Este requisito será obligatorio cuando la pena se hubiera impuesto por la comisión de un delito de terrorismo, por abusos o agresiones sexuales a menores de trece años, por la corrupción de menores de trece años, o si se ha cometido un delito en el seno de organizaciones criminales.

 

Nuestro Código Penal prevé algunas especialidades en relación con los delitos de HOMICIDIO Y ASESINATO:

  • Se castiga, aunque con una pena inferior, la provocación, la conspiración, y la propuesta para cometer un homicidio o asesinato (art. 140 del Código Penal)
  • Existe la figura del homicidio imprudente (art. 142 del Código Penal), aunque solo se castiga la imprudencia grave y la imprudencia menos grave. Cometer el delito de homicidio imprudente utilizando un vehículo a motor o un arma, o mediando negligencia profesional, supone además de la pena de prisión o multa correspondiente, la privación del derecho a conducir vehículo de motor o de utilizar armas o la inhabilitación profesional, respectivamente.

Por último, en nuestro ordenamiento jurídico penal se castiga tanto la inducción como el auxilio al suicidio, aunque, para este último caso, se prevén rebajas muy notables de la pena cuando en el auxilio al suicidio mediara petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar (art. 143 del Código Penal)

En cuanto a las penas por los delitos de homicidio o asesinato

  • Homicidio: prisión de diez a quince años.
  • Homicidio agravado: prisión de doce años y seis meses a quince años.
  • Asesinato: prisión de quince a veinticinco años.
  • Asesinato agravado: prisión permanente revisable.
  • Homicidio por imprudencia grave: prisión de uno a cuatro años.
  • Homicidio por imprudencia menos grave: multa de tres meses a dieciocho meses.

Si lo desea puede indicarnos su preferencia para la cita.

13 + 9 =

Atenea Abogados

Entendemos el ejercicio de la abogacía más allá de una mera relación económica. Ofrecemos un trato personal y cercano, basado en la confianza y garantizando un servicio integral, eficaz y responsable.

© 2018 Atenea Abogados - Todos Los Derechos Reservados

Call Now ButtonLlamar